ORDEN FORAL 111/2016, de 12 de abril. ORDEN FORAL 165/2017, de 11 de mayo. Resolución 639/2017, de 30 de mayo. Resolución 269/2018, de 23 de febrero.
Plazo de Solicitud: Hasta el 16 de abril de 2018.
Ayudas destinadas a compensar económicamente, la reconstitución de las explotaciones ganaderas de vacuno y evitar el abandono de la actividad, cuando se establezcan medidas sanitarias obligatorias de erradicación de enfermedades incluidas en los planes establecidos por el Real Decreto 2611/1996, de 20 de diciembre, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación.
El importe total de las ayudas por explotación ganadera no podrá superar los 30.000 euros. En el caso de que una persona física o jurídica sea titular de más de una explotación ganadera se aplicará este límite al beneficiario no pudiendo superar los 30.000 independientemente del número de explotaciones afectadas.
Serán beneficiarios de las ayudas los titulares de explotaciones ganaderas que teniendo la condición de PYME, hayan finalizado el sacrificio obligatorio de los animales en el año inmediatamente anterior al año de publicación de la convocatoria y que la edad de los vacunos sacrificados sea de más de 18 meses.




































































